El Instituto Mexicano del Seguro Social dio a conocer el dí­a de hoy (1 de julio) a través del Diario Oficial de la Federación, entre otros temas, el Acuerdo ACDO.AS3.HCT.260613/138.P.DG, dictado por el H. Consejo Técnico en la sesión celebrada el 26 de junio de 2013, relativo a la autorización al Titular de la Delegación Estatal de Coahuila, así­ como a las Subdelegaciones Piedras Negras y Sabinas, para que concedan el pago a plazos, ya sea en forma diferida o en parcialidades, de las cuotas causadas durante los meses de mayo, junio y julio de 2013.

Mismo que contiene:

  1. Las cuotas causadas durante los meses de mayo, junio y julio de 2013, cuyo pago corresponde efectuarse a más tardar el dí­a 17 de junio para el mes de mayo, y las subsecuentes a más tardar los dí­as 17 de julio y 19 de agosto del mismo año.
  2. En el caso de las solicitudes de autorización para el pago en parcialidades a que se refiere el numeral 1, se dispensará el otorgamiento de la garantí­a del interés fiscal por parte de esos patrones y demás sujetos obligados.
  3. Los patrones y demás sujetos obligados que con anterioridad al mes de mayo de 2013 obtuvieron autorización para efectuar el pago a plazos de cuotas, capitales constitutivos, actualización, recargos y multas podrán diferir el pago de las parcialidades correspondientes al propio mes de mayo de 2013.

Finalmente, el acuerdo referido entrará en vigor al dí­a siguiente de su publicación; es decir, el 2 de julio de 2013.